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¿Qué es el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (C.O.T.I.) ?

 

No es un impuesto, ni un gasto. Es información que el propietario debe facilitar a la AFIP. A partir del 01/03/2008 el titular de un inmueble deberá obtener el ‘Código de oferta de transferencia de inmuebles’ (COTI), con carácter previo a la publicación del inmueble, siempre que el precio de comercialización resulte igual o superior a $ 600.000.- Se podrá informar a la AFIP a través del sitio www.afip.gov.ar. Para facilitarle la operatividad al propietario, Cabildo 500 gestiona el mencionado trámite, sin costo alguno, a los efectos de evitarles molestias y pérdidas de tiempo.